a) Desestimación Voluntaria – El deudor puede presentar una petición de desestimiento voluntario del caso de bancarrota, pero la corte podría aprobar o no el desestimiento dependiendo del número del Capítulo del caso de bancarrota y los antecedente del deudor en bancarrota.
NOTA IMPORTANTE: La Desestimación del caso de bancarrota tiene serias consecuencias. Por ejemplo, si el caso de bancarrota se desestima voluntariamente, puede afectar el derecho del deudor de Suspensión Automática de pagos en un futuro caso de bancarrota. Es muy recomendable consultar un abogado de bancarrota.
Capítulo 7 – Vea la Sección 707 del Código de Bancarrota – Por designación del fiduciario, el fiduciario podría tener la oportunidad de objetar la solicitud de desestimiento voluntario, y una audiencia ante la corte es requerida.
Capítulo 11 – Vea la Sección 1112 del Código de Bancarrota – La solicitud de Desestimación del deudor requiere petición y la oportunidad de audiencia.
Capítulo 13 – Vea la Sección 1307 del Código de Bancarrota – El deudor tiene derecho automático de desestimación, si el caso inicia en el caso del Capítulo 13, pero la corte puede establecer restricciones a la posibilidad del deudor de presentar un caso de bancarrota subsiguiente.
b) Conversión Voluntaria a Otro Capitulo – El deudor puede presentar una petición para convertir voluntariamente su caso a un caso a base de un diferente capítulo de bancarrota. NOTA IMPORTANTE: Al convertir cualquier caso de bancarrota, existen nuevas responsabilidades y fechas limites para presentar documentos iniciales del caso, y el deudor debe de acudir a una nueva reunión de acreedores 341(a). Es muy recomendable consultar un abogado de bancarrota sobre el impacto de la conversión de un caso de bancarrota.
Capítulo 7 – Vea la Sección 706 del Código de Bancarrota.
Oprima aquí para formulario de Petición para Conversión de acuerdo a 760(a) (Vínculo a F 1017-1.1).
Oprima aquí para formulario de Anuncio de Petición de Conversión de acuerdo a 706(a) (Vínculo a F 1017-1.3).
Oprima aquí para formulario de Orden de Conversión (Vínculo a F 1017-1.2).
Capítulo 11 – Vea la Sección 1112(a) del Código de Bancarrota.
Oprima aquí para formulario de Petición para Conversión de acuerdo a 1112(a) (Vínculo a F 1017-1.1).
Oprima aquí para formulario de Orden de Conversión 1112(a) (Vínculo a F 1017-1.2).
Capítulo 13 – Vea la Sección 1307(a) y 1307 del Código de Bancarrota.
Oprima aquí para Anuncio de Conversión del Capítulo 13 al Capítulo 7 (Vínculo a F 1017-1.4).
Oprima aquí para Petición de Conversión del Capítulo 13 al Capítulo 7 (Vínculo a F 1017-1.5).
Para convertir un caso del Capítulo 13 al Capítulo 11, el deudor debe presentar una petición y programar una audiencia para que la corte falle sobre su petición.