Formulario B23 + el Número del Certificado del Curso de Administración Financiera Personal – En los 60 días posteriores a la primera Reunión 341(a) de Acreedores, los individuos deberán presentar un formulario obligatorio de la corte (Formulario 23/B23). Oprima aquí para obtener el formulario 23 (Vínculo a los Formularios). No es necesario presentar el Certificado de Financiera. En su lugar, es requerido que el deudor adicione el número del Certificado en el formulario B23, y un deudor en común deberá llenar y presentar por separado, otro Formulario B23 con el número de su propio Certificado. Si un individuo se retrasa en hacer esto, el caso de bancarrota se considerará cerrado (pero no sobreseído) sin otorgarse ninguna liquidación de deuda. Si el caso es cerrado, el deudor individual deberá de presentar una petición para reabrir el caso de bancarrota (y pagar una considerable cuota de presentación ) y para lograr una extensión del tiempo para presentar el Formulario B23 en el listado de la corte y la orden de liquidación presentada. Las reglas pertinentes son las Secciones 727(a)(11), 114(d)(3), y 1328(g) del Código de Bancarrota.
Spanish FAQ type:
Antes que el deudor presente una solicitud de bancarrota